*Es la segunda vez que se cae una pretensión de nulidad sobre la elección del ingeniero egresado del alma máter y que por un segundo periodo dirige los destinos del principal centro de estudios de educación superior del territorio.

El Consejo de Estado, se ha pronunciado, la Sección Quinta con la ponencia del magistrado Pedro Pablo Vanegas Gil, ratificó la decisión tomada por el Tribunal Administrativo del Magdalena, en la que se negaba la pretensión de nulidad sobre la elección de Pablo Vera Salazar, como rector de la Universidad del Magdalena para el periodo 2020 a 2024.

Como se sabe luego de la contundente victoria del doctor Pablo Vera Salazar, quien arrasó con una votación histórica a sus competidores, algunos de los derrotados se escudaron, en señalar que el proceso de votación electrónica no había sido idóneo, a lo que el alto tribunal respondió: “los mandatos establecidos en las leyes 892 y 1475 están dirigidos a la organización electoral de Colombia, que según el artículo 120 de la Constitución Política <está conformada por el Consejo Nacional Electoral, por la Registraduría Nacional del Estado Civil y por los demás organismos que establezca la ley>. Tiene a su cargo la organización de las elecciones, su dirección y vigilancia, así como lo relativo a la identidad de las personas y no a las universidades del país”, la misma línea que miró y concluyó el Tribunal Administrativo del Magdalena.

Pablo Vera contó en la consulta de la U con un respaldo sorprendente de los estudiantes y profesores con 16.930 arrasó a todos sus oponentes//

El Consejo de Estado también es consecuente con la realidad del mundo y por lo tanto del país, afectado por la pandemia del coronavirus. “La implementación del voto no presencial derivó de la pandemia originada por el COVID-19 y se adoptó, con fundamento en el principio de autonomía universitaria, como medida excepcional por única vez para adelantar la consulta para la conformación de la terna para la designación del rector, y en procura de proteger un bien jurídico superior, como lo es la salud y vida de la comunidad universitaria que podría participar en el proceso de consulta”.

Por lo tanto, el máximo tribunal halaga el proceso y lo señala como una “votación novedosa” que atendía las condiciones sociales, académicas y epidemiológicas del momento.

En congruencia, sobre el segundo problema en cuestión que atañían a las presuntas fallas técnicas antes y durante las votaciones, la Sección Quinta adujó que si bien los apelantes insinúan fallas técnicas para demostrar irregularidades en el proceso eleccionario, de las pruebas allegadas al proceso se evidencia que las situaciones expuestas fueron debidamente atendidas, por la Universidad de Antioquia y la firma de auditoría externa KPMG, como lo demuestran informes rendidos que se precisa no fueron tachados de falso.

El cielo se despeja y Pablo Vera Salazar, tiene aval jurídico-administrativo para seguir liderando los procesos de UNIMAGDALENA hasta el final de su gobierno universitario en el año 2024//

Así las cosas, se deslegitimó los vicios que planteaban quienes sustentaban la exigencia de nulidad, y de esta manera la Sala de Decisión negó la intención de derribar el mandato académico de Pablo Hernán Vera Salazar y ratificó que su elección como rector es limpia, prístina, llena de todos los requisitos y que podrá seguir guiando a la Universidad del Magdalena.

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