La grave denuncia hecha por la alcaldesa Virna Johnson, que en el puesto de salud de Minca, había piñata de vacunas y que por lo menos 81 ciudadanos que no estaban en el promedio de edad para recibir la dosis fueron vacunados tuvo un tercer capítulo.
El segundo, fue la respuesta del agente interventor de la ESE Alejandro Prospero Reverend, que salió a desmentir a la mandataria y para el tercer round fue la subida al cuadrilátero de Henrique Toscano, el secretario de salud, quien se puso los guantes a fin de defender la grave acusación
El secretario Henrique Toscano, le dijo al Interventor de la ESE Distrital que la acusación tiene graves indicios que pueden llegar a ser definidos como conductas punibles o irregularidades por parte de funcionarios adscritos a una institución que presta un servicio público, como lo es la E.S.E. de la Red Pública del Distrito de Santa Marta.
“Son suficientes los motivos que tenemos para colocar las denuncias ante la Fiscalía General y los demás entes de control, en nuestra condición de encargados de la IVC del Plan Nacional de Vacunación contra el COVID-19”. Dijo Toscano Salas.
Comunicado a la Opinión Publica
Sobre la respuesta emitida por el Agente Interventor de la E.S.E Alejandro Próspero Reverend, a las presuntas irregularidades denunciadas por la alcaldesa Virna Johnson, frente al desarrollo del Plan Nacional de Vacunación contra el COVID-19, en la que exponen una entrevista entregada por la Coordinadora del Programa Ampliado de Inmunizaciones PAI Distrital, esta Secretaría de Salud Distrital se permite informar lo siguiente:
1. Se le recuerda al agente especial interventor de la E.S.E. Alejandro Próspero Reverend, designado por la Superintendencia Nacional de Salud, que el marco normativo por medio del cual se promulgó el Plan Nacional de Vacunación (Resolución Nro. 109 de 2021 y demás normas concordantes y subsiguientes), es de estricto cumplimiento y prevalece sobre cualquier declaración realizada por contratistas o funcionarios que no se encuentran autorizados para tal fin.
2. Las decisiones que se toman frente al desarrollo del proceso de vacunación contra el COVID-19, siguiendo los lineamientos establecidos por el Ministerio de Salud y Protección Social, se definen y dan a conocer en las mesas técnicas convocadas por la Secretaría de Salud Distrital, con presencia física o virtual de los gerentes regionales de las EAPB, los gerentes de las IPS vacunadoras, funcionarios del Ministerio de Salud y Protección Social, Superintendencia Nacional de Salud, Procuraduría General de la Nación, Contraloría Delegada, Defensoría del Pueblo y la Personería Distrital, y no a través de entrevistas en medios de comunicación.
3. En PMU Nacional de fecha 19 de marzo del 2021, liderado por el Ministerio de Salud y Protección Social, se estableció que la segunda etapa de la vacunación se haría en 4 grupos por quinquenios, iniciando de manera progresiva con las personas en rangos de edad, comenzando por la población de 75 a 79 años, de 70 a 74 años, de 64 a 69 años y finalmente de 60 a 64 años, lineamientos que no pueden ser desconocidos por el Distrito, y mucho menos por las IPS vacunadoras. Esta información, como el documento de presentación de dicho PMU, les fue enviada el día viernes 19 de marzo de los corrientes a las 10:00 AM. a través del WhatsApp informativo, que para este efecto creó el secretario de Salud Distrital, a todos los Gerentes de IPS vacunadoras.
4. Tampoco se puede desconocer que esta Secretaría de Salud, tuvo conocimiento de una denuncia anónima que señalaba sobre un presunto cartel de la vacunación COVID-19 en el Centro de Salud de Minca, a cargo de la E.S.E. Distrital, en la que se adujo sobre el cobro de dinero para efectuar vacunación a personas con rangos de edad diferentes a las priorizadas y autorizadas por el Gobierno Nacional en el Marco Normativo que regula el mencionado Plan Nacional de Vacunación, así como tampoco se puede desconocer que, dentro de los hallazgos encontrados en la visita de IVC, se encontró una base de datos sin los números telefónicos de las personas que fueron vacunadas y al proceder a contactar a una de la personas registradas como vacunadas en este Centro de Salud, a través de la línea telefónica registrada en el PAIWEB, resultó que ésta manifestó primero no conocer la ciudad de Santa Marta y que su domicilio y lugar donde fue vacunado contra el COVID-19, correspondía a un municipio del departamento de Cundinamarca.
5. Todos estos hallazgos en el cumplimiento del Plan Nacional de Vacunación, que representan serios indicios graves que pueden llegar a ser definidos como conductas punibles o irregularidades por parte de funcionarios adscritos a una institución que presta un servicio público, como lo es la E.S.E. de la Red Pública del Distrito de Santa Marta, son suficientes motivos para que por parte de este ente territorial encargado de la IVC del Plan Nacional de Vacunación contra el COVID-19, presente las correspondientes denuncias ante la Fiscalía General de la Nación y demás entes de control.