*Del latín lex talionis. Principio jurídico de justicia retributiva en el cual la norma impone un castigo que debe ser igual al crimen cometido. La expresión que materializa la ley del talión es “Ojo por ojo, diente por diente” consagrada en el libro Éxodo del Antiguo Testamento*.

Y sin duda que la historia del hombre vuelve al presente.  En la penúltima sesión del segundo periodo de sesiones ordinarias, la Asamblea Departamental del Magdalena aprobó en segundo debate dos proyectos de ordenanzas. Uno la creación de la comisión de la Mujer y Equidad de Género, sin duda un proyecto de trámite y otro sí que generaría debate, denominado “la consolidación de los colores institucionales y símbolos del departamento”.

La Asamblea no solo aprobó los 2 proyectos autoría de la presidenta Claudia Patricia Aaron Viloria y la vicepresidenta Elizabeth Molina Campo, sino que de paso la mayoría asambleísta les dio cristiana sepultura a 8 proyectos enviados por el Gobernador Carlos Caicedo Omar, lo cual desató la ira gubernamental y dio inicio a la reactivación de las marchas de protestas.

La Asamblea tendrá que determinar si acoge la objeción parcial de la Ordenanza o avanza a que sea un tercero quien defina su destino final//

“Esta Ordenanza se aprueba en aras de defender la identidad de los magdalenenses, lograr austeridad en el gasto público, salvaguardar la memoria histórica del Magdalena y reafirmar el sentido de pertenencia en la ciudadanía magdalenense”. Dijo su autora en el momento de dar segundo debate al proyecto.

Agregó Elizabeth Molina la diputada del Partido de la U “El Proyecto de Ordenanza busca reafirmar los símbolos y los colores institucionales del Departamento del Magdalena, principalmente en las comunicaciones, la divulgación de políticas, los planes, programas y proyectos de la Gobernación. Eso impedirá que la Administración de turno sustituya nuestros símbolos, y a través de nuestros recursos públicos impulse cualquier proyecto político. La institucionalidad deberá prevalecer por encima de los intereses mezquinos y politiqueros de unos pocos”.

Pero los argumentos de Molina Campo no tuvieron mucho eco en el equipo jurídico del gobierno de Carlos Caicedo, que decidió objetarlo parcialmente, al considerar  inconstitucional dicha ordenanza, aduciendo que ella busca imponer restricciones a la imagen institucional.

Al tiempo que la Asamblea aprobó el proyecto de los colores, hundía 8 proyectos del gobierno Caicedo, desatando el hecho una ola de protesta naranja//

“El gobernador del Magdalena, Carlos Caicedo, objetó de forma parcial el Proyecto de Ordenanza 009 de 2021 por medio del cual se busca establecer una serie de restricciones en el uso de la actual imagen institucional de la Administración Departamental”. Se señala en el comunicado expedido por la oficina de Comunicaciones.

En el escrito de objeción, enviado a la presidenta de la Asamblea del Magdalena, Claudia Patricia Aarón, el Gobernador Caicedo explica que los artículos 6 y 8 del citado Proyecto de Ordenanza, aprobado el pasado 30 de julio son contrarios a la Constitución Política de Colombia y a las leyes que regulan la materia.

“En el artículo 300 de la Constitución Política Colombiana, que enlista las funciones de las Asambleas Departamentales, puede evidenciarse que esta corporación NO puede intervenir, decidir, disponer, señalar o fijar en las entidades públicas del orden Departamental los derroteros sobre la imagen institucional o imponer limitaciones a la misma, salvo las que el legislador ha previsto”. Se afirma.

También se asegura. “En ningún aparte constitucional o legal se refleja que la Asamblea cuente con las facultades de coartar la autonomía que le asiste las entidades territoriales, verbigracia, la Gobernación del Departamento del Magdalena, representado en este caso por la Gobernación, que goza de personería jurídica, patrimonio propio, autonomía administrativa, presupuestal, financiera, entre otros atributos”.

Así como salen a protestar los integrantes del equipo de trabajo del gobierno Caicedo también se sientan a estudiar y objetar ordenanzas//

La objeción se centra en los artículos 6 y 8 del Proyecto de Ordenanza, “estos artículos nos llevan a concluir que son claramente violatorios de la Constitución Política y la legislación vigente, puesto que la Asamblea se abroga competencias que no están otorgadas por ningún cuerpo normativo vigente, de tal forma que se torna imposible cohonestar con una evidente trasgresión de los límites legales, que podría tener consecuencias a nivel disciplinario y penal”.

Para el gobierno el proyecto también impone una prohibición que coarta la libertad de expresión de la entidad pública para estructurar su imagen institucional, inclusive, cuando ha pasado un término más que prudencial desde que inició el Gobierno Departamental que cuenta con unos aspectos visuales definidos en el correspondiente manual.

“No es dable que la Corporación persiga, a través de ordenanza, no solo inmiscuirse en temas que son propios de la Administración, sino que además pretenda usurpar funciones que están asignadas constitucionalmente al Congreso de la República, tratando de regular situaciones que exigen la expedición de una Ley en sentido formal, no siendo la ordenanza el acto jurídico con vocación para entrar a restringir o prohibir asuntos sobre los cuales el legislador no se ha pronunciado”.

Para Caicedo y su equipo la Ordenanza de Elizabeth Molina y su ‘combo’ mayoritario viola la libertad de expresión contemplada en el artículo 20 constitucional y aseguran que  deja claro que se busca generar un manto de confusión, cuando menciona como sustento de la Ordenanza el artículo 10 de la Ley 1474 de 2011, toda vez que la misma no se estructura con el contexto manejado por el Proyecto de Ordenanza, cuya sanción se solicita, toda vez que el primero busca la austeridad en el gasto de publicidad por parte de las entidades públicas, así como el uso adecuado de la misma conforme a las restricciones que dicha ley impone, mientras que lo objetado intenta realizar una extensión del inciso tercero de dicha norma, que además de innecesaria, “resulta inconstitucional e ilegal porque el legislador en ningún momento le otorgó facultades a la Corporación Departamental de elección popular para que reglamentara o realizara interpretaciones más allá de lo que consagran las normas superiores”. Dicen finalmente.  

Los papeles están en la mesa de la Asamblea allí se define si se acepta la objeción parcial o se va a una instancia judicial// Amanecerá y veremos//

Teniendo en cuenta que ha sido objetada parcialmente por el gobierno esta ordenanza devuelta a la Asamblea provoca que los integrantes de la Corporación se reúnan para definir si aceptan las objeciones a los artículos en mención y devuelven el documento para su firma, o no lo aceptan y el tema pasará al Tribunal Contencioso Administrativo, que tendría la última palabra, esta vez teniendo de fondo los colores azul, rojo, blanco y por supuesto el naranja.